La "segunda actividad" de los funcionarios de prisiones se amplía a rastrillos y los puestos de Vigilancia Dos


EL DERECHO PENITENCIARIO - AURELIO CRESPO
12 NOVIEMBRE 2019

Los funcionarios de "segunda actividad" podrán trabajar a partir de ahora en rastrillos y Vigilancia Dos. El progresivo envejecimiento de la plantilla de funcionarios de prisiones ha obligado a Instituciones Penitenciarias a ampliar las áreas de trabajo donde estos trabajadores pueden estar durante los últimos años de su carrera profesional.

La "segundad actividad" de los funcionarios de prisiones consistía hasta ahora en realizar tareas de apoyo en el área de oficinas. Pero ahora la segunda actividad podrá consistir también en prestar servicio en rastrillos y en Vigilancia Dos.

 

La orden que regula las nuevas condiciones de la segunda actividad establece que estos funcionarios podrán trabajar en la "Unidad de Acceso, la Unidad de Rastrillo, la Unidad de Comunicaciones y Paquetes, la Unidad de Recepción y Salida de Paquetes y Encargos y la Unidad de Información al Exterior."



Centros penitenciarios
Area de Seguridad
Unidad de Acceso
segunda actividad
Unidad de Rastrillo
segunda actividad
Unidad de Comunicaciones y Paquetes
segunda actividad
Unidad de Recepción y Salida de Paquetes y Encargos
segunda actividad
Unidad de Información al Exterior
segunda actividad

 

Para acceder a la segunda actividad es necesario tener 57 años de edad. En algunas prisiones hay muchos funcionarios acogidos a esta modalidad, lo que supone que en oficinas no hay trabajo para todos.

 

Turno de noche

 

Con esta medida, los directores de las prisiones tendrán menos dificultades para cubrir el servicio en las áreas de V1 y V2. La orden precisa que en ningún caso los funcionarios de segunda actividad se verán obligagos a hacer turno de noche.

Los horarios de trabajo de estos funcionarios, según la orden, son:

- Los funcionarios que tengan asignado un contenido funcional burocrático, administrativo o de oficinas, realizarán horario de lunes a viernes hasta completar las 37 horas y media de jornada laboral ordinaria.

- Los funcionarios que tengan asignados otros cometidos funcionales, voluntariamente podrán integrarse en el sistema horario del área funcional que corresponda, hasta completar las 37 horas y media de jornada laboral ordinaria, excluyendo taxativamente la realización del turno de noche.

De acuerdo con lo establecido en la orden, los funcionarios que tengan ya asignado un puesto de trabajo conocido como de "segunda actividad" podrán, de forma voluntaria, solicitar el desempeño de funciones diferentes a oficinas o apoyo servicio gestión de penas y medidas alternativas siempre que "se respete el espíritu y razón de ser" de la segunda actividad.

Sobre las retribuciones que cobrarán, no habrá cambios. "Es importante remarcar que no cambia para nada el régimen retributivo", subraya la orden, es decir, que los funcionarios que opten por oficinas seguirán cobrando por el área de Vigilancia.

La mayoría de los funcionarios de segunda actividad se jubila a los 65 años, porque al llegar a esta edad, si desean continuar, pasan a cobrar como un genérico de oficinas.


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